Vender criptomonedas con beneficio genera una ganancia patrimonial que debes declarar en la Renta. La buena noticia es que el cálculo sigue una lógica clara y predecible. La mala es que también tributan los intercambios entre criptos, los staking rewards y, en algunos casos, las DeFi.
¿Cómo tributan las criptomonedas en España?
Las ganancias por criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF, igual que las ganancias por venta de acciones o fondos. Los tipos aplicables en 2026:
| Ganancia patrimonial neta | Tipo IRPF |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 28% |
Son tipos marginales: no pagas el 28% sobre todo, solo sobre la parte que supera cada tramo. Si ganas 60.000 € en cripto, pagas 19% sobre los primeros 6.000 €, 21% del tramo siguiente, y 23% solo sobre los 10.000 € finales.
La fórmula básica
La ganancia o pérdida patrimonial se calcula así:
Ganancia = Valor de transmisión − Valor de adquisición − Gastos
Valor de transmisión = precio de venta (o valor de mercado en el momento del intercambio)
Valor de adquisición = lo que pagaste al comprar (precio + comisiones de compra)
El método FIFO: cuál BTC vendiste
Si has comprado Bitcoin en varias ocasiones a precios distintos, ¿cuál BTC se considera vendido cuando vendes? En España, la ley establece el método FIFO (First In, First Out): los primeros que compraste son los primeros que vendes.
Ejemplo FIFO: compraste 0,5 BTC en enero a 20.000 € y otros 0,5 BTC en julio a 45.000 €. Si en diciembre vendes 0,5 BTC por 60.000 €, Hacienda considera que vendiste los de enero (coste 20.000 €). Ganancia = 60.000 − 20.000 = 40.000 €. Aunque subjetivamente sientas que vendiste los de julio (coste mayor = menos ganancia), el FIFO obliga a usar los de enero.
Ejemplo completo de cálculo
María compra Bitcoin en tres momentos y vende en diciembre:
| Fecha | Operación | Cantidad | Precio unitario | Coste/Ingreso total |
|---|---|---|---|---|
| Marzo 2024 | Compra | 0,2 BTC | 55.000 € | 11.000 € |
| Octubre 2024 | Compra | 0,3 BTC | 62.000 € | 18.600 € |
| Marzo 2025 | Compra | 0,2 BTC | 80.000 € | 16.000 € |
| Dic 2025 | Venta | 0,4 BTC | 95.000 € | 38.000 € ingresado |
Por FIFO, los 0,4 BTC vendidos corresponden a:
- 0,2 BTC de marzo 2024 → coste 11.000 €
- 0,2 BTC de octubre 2024 → coste 18.600 € × (0,2/0,3) = 12.400 €
- Coste total = 23.400 €
Ganancia neta = 38.000 − 23.400 = 14.600 €
IRPF aproximado: 19% × 6.000 = 1.140 € + 21% × 8.600 = 1.806 € = 2.946 €
¿Cuándo tributa un intercambio cripto-cripto?
Sí, y este es el punto que más sorprende. Según la Dirección General de Tributos, intercambiar BTC por ETH (o cualquier cripto por otra) se considera una permuta que genera ganancia o pérdida en el momento del intercambio.
El valor de transmisión del BTC es el precio de mercado del ETH recibido en ese instante. Esto significa que aunque no hayas convertido nada a euros, puedes tener una obligación fiscal.
Casos que tributan: venta cripto → EUR · intercambio BTC → ETH · uso de cripto para pagar (pago con BTC en comercio) · staking rewards y airdrops (cuando se reciben, como rendimiento del capital mobiliario) · minería (actividad económica o rendimiento del capital según el caso).
Compensación de pérdidas
Si tienes pérdidas en cripto, puedes compensarlas con ganancias del mismo tipo (base del ahorro) en el mismo año: ganancias de bolsa, fondos de inversión, venta de otros activos.
Si al final del año te queda saldo negativo, puedes arrastrarlo para compensar ganancias futuras durante los 4 años siguientes.
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¿Cómo tributan las criptomonedas en España?+
Como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del IRPF. Los tipos son progresivos: 19% (hasta 6.000 €), 21% (6.000-50.000 €), 23% (50.000-200.000 €), 27% (200.000-300.000 €) y 28% (más de 300.000 €). Se declaran en la Renta del año en que se produce la operación.
¿Qué es el método FIFO en criptomonedas?+
FIFO (First In, First Out) significa que al vender, se considera que vendes primero los activos que compraste antes. Si compraste BTC a 20.000 € y luego a 45.000 € y vendes un BTC a 60.000 €, la ganancia se calcula sobre el precio de la compra más antigua (20.000 €), no sobre el más reciente.
¿Intercambiar Bitcoin por Ethereum tributa?+
Sí. La DGT considera que cualquier intercambio cripto-cripto es una permuta con efecto fiscal en el momento del intercambio. El valor de transmisión del BTC cedido es el valor de mercado del ETH recibido en ese instante.
¿Puedo compensar pérdidas de cripto con ganancias de bolsa?+
Sí. Las pérdidas de criptomonedas se integran en la base del ahorro junto con las ganancias de acciones, fondos y otros activos. Si el saldo es negativo, puedes compensarlo con ganancias de los 4 ejercicios siguientes.